Habiendo resuelto el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2024 las alegaciones presentadas al acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 19 de octubre de 2023 de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de recogida domiciliaria de basura, desestimando dichas alegaciones, a tenor del artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 4 de Marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda aprobada dicha modificación, lo que se publica junto con el texto que se modifica, a los efectos de su entrada en vigor, conforme dispone el número 4 de dicho precepto:
Artículo 7.2, El epígrafe 8: Recogida fuera de los cascos urbanos: La tasa en los inmuebles situados fuera de los cascos urbanos será la misma que la de los situados en casco urbano tal y como se detalla en los epígrafes anteriores.
Abarán, 27 de febrero de 2024. El Alcalde, Jesús Gómez Montiel.
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