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*Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono y por el que se establece la obligación del cálculo de la huella de carbono y de la elaboración y publicación de planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (BOE nº 89, de 12/04/2025).

El Real Decreto 214/2025 sobre huella de carbono marca un nuevo estándar obligatorio para las empresas en España

El Gobierno de España ha aprobado el Real Decreto 214/2025, que refuerza y amplía el marco legal sobre huella de carbono en el ámbito empresarial. Esta norma, publicada en el BOE el 12 de abril, transforma el sistema vigente y establece nuevas obligaciones para las empresas en materia de sostenibilidad y gestión de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI).
¿Qué implica este Real Decreto para las empresas?
Este nuevo marco normativo ya no es voluntario para muchas empresas. A partir de ahora, grandes compañías y otras entidades que superen ciertos umbrales financieros o de plantilla deberán calcular, reducir y registrar su huella de carbono de forma obligatoria.

Están obligadas a cumplir:
• Empresas consideradas entidades de interés público con más de 500 empleados.
• Organizaciones que, durante dos años consecutivos, cumplan al menos dos de los siguientes criterios:
o Activo total > 20 millones €.
o Facturación > 40 millones €.
o Plantilla media anual > 250 personas.
Obligaciones concretas
A partir de la entrada en vigor, las empresas afectadas deberán:

1. Calcular anualmente su huella de carbono, incluyendo:
o Emisiones directas (alcance 1).
o Emisiones indirectas por energía (alcance 2).
o Emisiones indirectas significativas (alcance 3).
2. Diseñar e implementar un Plan de Reducción a 5 años, con metas medibles.
3. Certificar el cálculo y el plan a través de entidades acreditadas por ENAC u organismos equivalentes.
4. Registrar y actualizar anualmente sus progresos en el Registro Nacional de Huella de Carbono.
Incentivos y beneficios para las empresas cumplidoras
Aunque obligatorio para muchas, este sistema también ofrece ventajas estratégicas para todas las empresas que decidan anticiparse y alinearse con los nuevos requerimientos:

• Reputación ambiental mejorada y diferenciación competitiva.
• Acceso a financiación sostenible, licitaciones públicas y beneficios fiscales en algunos casos.
• Cumplimiento de criterios ESG, demandados por inversores y clientes internacionales.
• Preparación ante futuras exigencias normativas europeas (CSRD, Taxonomía UE, etc.).
Proyectos de absorción de CO₂: una oportunidad de liderazgo verde
El nuevo decreto también refuerza el marco para los proyectos de absorción y compensación de CO₂, permitiendo que las empresas:

• Participen en iniciativas de captura certificada de carbono (forestales, agrícolas, urbanos, etc.).
• Compensen emisiones residuales de forma oficial y verificada.
• Generen valor reputacional y ambiental a través de inversiones en naturaleza.
España apuesta por una transición empresarial más verde
Frente a una posible relajación de criterios en la UE, España mantiene una postura más exigente, aplicando esta normativa a empresas con los umbrales de la Ley 11/2018, en lugar del umbral propuesto por la Comisión Europea (1.000 empleados y 50M€ de facturación).
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